Sobre el ICAC

Edificio ICAC

Quienes somos

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) es un Organismo Autónomo creado por la Ley 19/1988, adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que rige su actuación por las leyes y disposiciones generales que le sean de aplicación y, especialmente, por lo que para dicho tipo de Organismos públicos dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por lo establecido específicamente en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en el Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2/2021, y en su Estatuto, aprobado por Real Decreto 302/1989.

Misión

La misión del ICAC consiste en generar confianza y seguridad en la economía proporcionando un marco normativo adecuado para garantizar la fiabilidad de la información corporativa, desde el punto de vista de su formulación (contabilidad y sostenibilidad), y desde el punto de vista de su verificación o auditoría, actuando como el principal elemento dinamizador de la calidad de la auditoría.

Atendiendo a la regulación anteriormente mencionada, al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas le corresponden dos grandes bloques de funciones, por una parte, las que se refieren a la normalización contable y por otra parte las que corresponden a la auditoría de cuentas.

En materia de regulación contable:

En materia de regulación contable las competencias del ICAC están recogidas en el artículo 2 de su Estatuto:

  • La realización de los trabajos técnicos y propuesta del Plan General de Contabilidad adaptado a la normativa europea y a las Leyes en que se regulen estas materias, así como la aprobación de las adaptaciones de este Plan a los distintos sectores de la actividad económica.
  • El establecimiento de los criterios de desarrollo de aquellos puntos del Plan General de Contabilidad y de las adaptaciones sectoriales del mismo que se estimen convenientes para la correcta aplicación de dichas normas que se publicarán en el Boletín del Instituto.
  • El perfeccionamiento y la actualización permanentes de la planificación contable, a cuyo fin propondrá las modificaciones legislativas o reglamentarias necesarias para armonizarlas con las disposiciones emanadas de la Unión Europea o de acuerdo con el propio progreso contable.
  • La realización y promoción de las actividades de investigación, estudio, documentación, difusión y publicación necesarias para el desarrollo y perfeccionamiento de la normalización contable.
  • La coordinación y cooperación técnica en materia contable con los Organismos Internacionales, y en particular con la Unión Europea, así como con los nacionales sean Corporaciones de derecho público o asociaciones o dedicadas a la investigación.

En el ámbito de la auditoría:

En el ámbito de la auditoría de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 22/2015, el ICAC es la autoridad responsable del sistema de supervisión pública y, en particular, de las siguientes funciones:

  • La autorización e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas de los auditores de cuentas y de las sociedades de auditoría. Dicha inscripción es condición necesaria para el ejercicio de la auditoría en España, y el ROAC depende del ICAC.
  • La adopción de normas en materia de ética, normas de control de calidad interno en la actividad de auditoría y normas técnicas de auditoría en los términos previstos en esta Ley, así como la supervisión de su adecuado cumplimiento.
  • La formación continuada de los auditores de cuentas.
  • La vigilancia regular de la evolución del mercado de servicios de auditoría de cuentas en el caso de entidades de interés público.
  • El régimen disciplinario del Instituto.
  • El sistema de inspecciones y de investigación.